Comunicados de las faltas de asistencia de los alumnos

16. COMUNICADOS DE LAS FALTAS DE ASISTENCIA DE LOS ALUMNOS

Con respecto a la falta de puntualidad de un alumno el centro dispone de un modelo de comunicado a las familias (ANEXO XIX).

La familia tiene la obligación de comunicar al tutor/a su la ausencia de su hijo/ a cuando la tenga prevista con anterioridad  y de justificar la misma una vez se haya producido (ANEXO IX).

Cuando el alumno acumula cuatro faltas de asistencia sin justificar en un mes se iniciará el protocolo de Absentismo Escolar (apartado quinto de la Orden 9 de marzo de 2007):

a)  El tutor o tutora llevará un control de la asistencia diaria y, en caso de que se observe una situación de absentismo (4 faltas injustificadas en un mes), lo comunicará de manera inmediata a la familia e informará al equipo directivo

b)  En caso de no remitir la situación de absentismo, el tutor o tutora, citará por escrito, a una entrevista a la familia o los tutores legales (ANEXO XX).

c)  En el caso de no resolverse la situación con las actuaciones anteriores, se deberá comunicar  a la Dirección del centro  realizar una valoración de la situación personal y escolar del alumnado por el Equipo de Orientación y Apoyo.

d)  Cuando de la anterior valoración se deduzca que predominan los factores socio-familiares, se solicitará la valoración de la situación socio-familiar a los Servicios Sociales Básicos.

e)  Una vez realizada dicha valoración, se acordarán las medidas adecuadas por parte del Departamento de Orientación o Equipo de Orientación y Apoyo, así como de los Servicios Sociales Básicos, cuando intervengan, y de común acuerdo con éstos. Estas medidas se concretarán en un plan de intervención socioeducativa con el alumnado y su familia, que podrá incluir la puesta en marcha de estrategias de respuesta educativa por parte del profesorado, la incorporación guiada a actividades de ocio y tiempo libre que tengan un carácter educativo y la intervención en el contexto familiar y social.

f)  Se informará del proceso a la Inspección de Educación (ANEXO XXI) para que garantice el cumplimiento de los derechos y deberes del alumnado y de las familias.

g)  Se realizará un seguimiento periódico por parte del tutor o tutora de la situación de absentismo, en colaboración con la familia y con los Servicios Sociales Básicos, cuando intervengan, con un plazo fijo en los momentos iniciales y variable a partir de su desaparición.

h)  Se solicitará colaboración al Ayuntamiento para el seguimiento del alumnado que presenta una situación prolongada de absentismo.

Última modificación: 22/11/2017 - 09:53